Lugar

Casa Bardin, Alicante
Categoría

Próxima actividad

Código QR

Fecha

Mar 17 2022

Hora

19:30

La Nueva Ley de apoyo a las personas con discapacidad. Su aplicación en la vida diaria, conferencia por Sandra Peinado Martínez, Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Alicante

La aprobación de la nueva Ley de Incapacitación Judicial (Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica) supone un gran cambio respecto de la situación jurídico-legal anterior, que afectará a un gran número de personas y familias.
Esta Ley que entró en vigor el 3 de septiembre de 2021 ha pretendido adecuar nuestro ordenamiento jurídico a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, celebrada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006 y modifica un total de nueve leyes de la legislación española, pretendiendo asegurar que las medidas respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona con discapacidad. Se modifica así el sistema existente hasta el momento, ya que ahora es la persona con discapacidad quien toma las decisiones que le afectan.

El principal propósito de la ley es dar un mayor protagonismo a las personas con discapacidad en la toma de sus decisiones, que, en la mayoría de los casos, se veían totalmente limitadas por la tutela judicial completa. Se pretende que sea la persona con discapacidad la que tome sus propias decisiones con ayuda y apoyo de la sociedad, introduciendo importantes cambios como son, entre otros, la desaparición de la posibilidad de incapacitar, a través de una demanda judicial, a una persona con discapacidad intelectual.; desaparición de la figura de la tutela y de la patria potestad prorrogada, sustituyéndose la primera por una curatela representativa o la aplicación de un sistema de apoyos voluntarios. Asimismo supone una modificación de la actual situación de las personas incapacitadas judicialmente, a través de un régimen transitorio de adaptación.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies

Comparte

Comparte en tus redes sociales